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viernes, 8 de abril de 2011

Niña musulmana

Anulado el traslado de centro de la niña musulmana de Arteixo






La Consellería de Educación e Ordenación Universitaria ha decidido "no tramitar" el traslado de una alumna musulmana del CEIP Novo de Arteixo (A Coruña), sancionada por llevar el hiyab e incumplir un reglamento interno, ya que el centro "no cumple con la legalidad necesaria" tras admitir que "no existía expediente" disciplinario abierto a la menor.

Ante estas circunstancias, la inexistencia de dicho documento provoca la nulidad de la sanción impuesta a la alumna por parte del Consello Escolar, al "hacer imposible su cumplimiento", por lo que la estudiante "debe permanecer escolarizada" en el centro hasta que, "si procede, se imponga una sanción conforme a derecho", se solicite el traslado por parte de los padres o se modifique el reglamento de régimen interno del CEIP de Arteixo.

Según indica la Ley Orgánica de Educación (LOE), corresponde al director tomar la opción que proceda para velar por el cumplimiento de las normas del centro y la Consellería recuerda que, en este caso, "no cumplió los pasos legales necesarios para la realización de expedientes disciplinarios".

El departamento dirigido por Jesús Vázquez quiso reiterar, no obstante, los pronunciamientos efectuados por el Tribunal Europeo de Derechos Humanos que manifestó "por unanimidad" en 2008 que las medidas disciplinarias "están justificadas de acuerdo con el principio de proporcionalidad cuando corrigen normas generales del centro", por lo que "no se produce violación de la libertad religiosa ni tampoco del derecho a la educación".

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